En dos sentencias de 5 de junio de 2018 (asuntos Grupo Norte Facility y Montero Mateos), el Tribunal de Justicia de la UE
ha rectificado su propia doctrina sobre la diferencia indemnizatoria entre fijos y temporales, originariamente establecida
en septiembre de 2016 en el célebre caso De Diego Porras, que establecía que dicha práctica era discriminatoria.